Este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de RECTIFICACIÓN DE ACTA DE MATRIMONIO propuesta por el ciudadano MAXIN BEN MOHA, para la rectificación de su acta de matrimonio; en consecuencia, se ordena rectificar la acta respectiva signada bajo el Nº 49, de fecha 04 febrero del año 1.993, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, en el sentido siguiente: en su asiento original, donde se lee: "...81.388.322...", debe leerse: "...81.388.622 ..."; y en donde se lee: "... natural de Isaach...", debe leerse: "... natural de Israel...".