Por todos los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley declara sin Lugar LA OPOSICIÓN A LA MEDIDA INNOMINADA de PERMANENCIA INQUILINARIA decretada en la presente causa, sobre el inmueble ubicado en la Zona Industrial de Maracaibo Parcela CI-1, en la avenida 61, esquina de la calle 147, numero 61-32, en jurisdicción de la Parroquia Luis Hurtado Higuera del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, formulada por el abogado JORGE MACHIN en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil ZULIANA DE PLASTICOS C.A.; en consecuencia, se mantiene vigente la referida medida.