Por todos los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara Con Lugar la Demanda de Cobro de Bolívares por Cuotas de Condominio, incoada por el abogado Rodolfo Hayde, actuando con el carácter de apoderado judicial del Condominio del Edificio General de Seguros, en contra de la ASOCIACIÓN ZULIANA DE EJECUTIVOS. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a pagar la cantidad de la cantidad de Cuatro Mil Seiscientos Ochenta y Seis Bolívares (Bs.4.686,oo), por concepto de cuotas de condominio ordinarias, más intereses de mora, de un local para oficina signado bajo el número 102, ubicado en el piso 10 del Edificio General de Seguros, situado en la esquina de la calle 67 Cecilio Acosta, con avenida 4 Bella Vista, en Jurisdicción de la Parroquia Olegario Villalobos del Municipio Autónomo Mar.....