Por todos los fundamentos expuestos, este JUZGADO CUARTO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos ALFREDO ANTONIO MARTINEZ BRACHO Y NOELIA DEL VALLE ROÑO DE MARTINEZ, en fecha tres (03) de Septiembre del año Mil Novecientos Ochenta y Ocho (1.988), por ante la Oficina Parroquial Santa Bárbara del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia.