Por todos los fundamentos expuestos, este Juzgado Cuarto de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando Justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara con lugar la demanda de Resolución de Contrato de Arrendamiento y Cobro de Bolívares, incoado por el ciudadano EDGAR JOSÉ RAMÍREZ, en contra del ciudadano OSWALDO JOSÉ RIVAS POLANCO. En consecuencia, se ordena a la parte demandada a entregar el inmueble arrendado constituido por un inmueble constituido por un galpón, ubicado en la avenida Milagro Norte, distinguido con el número 1-190, al lado del Puli lavado "Lávame", en jurisdicción de la parroquia Coquivacoa del Municipio Autónomo Maracaibo del Estado Zulia, solvente con los servicios públicos. Asimismo, se condena a pagar la cantidad de un millón quinientos mil bolívares (Bs. 1.500.000, oo) por concepto de cánones de arrendamientos de los meses de septiembre, octub.....