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Decisiones del dia 11/02/2010

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : S1071-2010 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Improcedencia De Solicitud
Partes:
SOCIEDAD MERCANTIL ZULIA TOWING AND BARGE COMPANY C.A.
Resumen:
se evidencia fehacientemente que la prueba de Inspección Ocular está concebida para dejar constancia del estado o circunstancias de hechos o cosas que puedan desaparecer con el transcurso del tiempo, del estado de las cosas que no se puedan o no sea fácil acreditarse de otra manera. Ahora bien observa el Tribunal que la parte solicitante no alega ni acredita prueba alguna de que los hechos o circunstancia sobre los que debe versar la inspección judicial extra litem puedan desaparecer con el transcurso del tiempo, ni la razón por la cual deba ser evacuada anticipadamente la prueba.
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2855-2010 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
FABIO PALMINI MUNERATO Y ALEJANDRA MARINA SOGRE
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2724-2009 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Cobro De Bolívares Por Accidente De Tránsito
Partes:
NERIO JOSE RINCON VS. EMPRESA C.A. DE SEGUROS LA OCCIDENTAL
Resumen:
Establece el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil lo siguiente: "Artículo 263.- En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria. El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es irrevocable, aun antes de la homologación del Tribunal." (Subrayado nuestro) Parafraseando al procesalista patrio ARÍSTIDES RENGEL ROMBERG, "(...) el desistimiento y el convenimiento en la demanda, llamados por la doctrina renuncia, o abandono, allanamiento o reconocimiento de la pretensión, constituyen en nuestro derecho, los dos modos unilaterales de auto composición procesal, que ponen fin al proceso y dejan resuelta la controversia con efectos de cosa juzgada."
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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N° Expediente : 2864-2009 N° Sentencia : Fecha: 11/02/2010
Procedimiento:
Divorcio 185-A
Partes:
MANUEL ANTONIO URDANETA Y MARTHA ISABEL PEROZO
Resumen:
establece el artículo 185-A del Código Civil, que cuando los cónyuges han permanecido separados de hecho por más de cinco (05) años, cualquiera de ellos podrá solicitar el divorcio, alegando ruptura prolongada de la vida en común. Situación ésta que se incorporó al Código en la reforma de 1982, a fin de atender una realidad social, cual es el cese de la affectio maritatis, en forma tal que, sin incurrir en ninguna de las causales clásicas de divorcio (ex artículo 185) pueda resolverse en forma práctica esta ruptura prolongada de la vida en común, obligación que deviene del matrimonio conforme el artículo 137 ejusdem.
Juez/Ponente:
Ana Josefa Antencio
Organo:
Juzgado Décimo de los Municipios Maracaibo, Jesús Enrique Lossada y San Francisco
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