Observa esta Juzgadora que se aprecia de las actas que la parte actora incuó demanda por Desalojo, por cuanto la relación arrendaticia existente con la parte demandada es a través de un contrato verbal, acción ésta consagrada en el artículo 34 del Decreto Ley de Arrendamiento Inmobiliario, con fundamento en el literal b) por falta de pago de los cánones de arrendamiento, sin embargo en la presente causa la parte accionante no trae a las actas ningún medio probatorio que demuestre la existencia del contrato verbal de arrendamiento, por lo que resultando la situación de esta forma, le corresponde a la parte demandante demostrar la existencia de la relación arrendaticia que alega, por cuanto es de saber que en los juicios en materia arrendaticia, no se discute la propiedad del bien inmueble, sino la posesión del mismo, de allí que la parte actora deberá probar la existencia del contrato de arrendamiento verbal que alega, tal y como lo prevé los artículos 12 y 506 del Código de Procedimie.....