Por todos los fundamentos antes expuesto éste Juzgado DECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda por RESOLUCION DE CONTRATO DE ARRENDAMIENTO incoada por el abogado MARIO PINEDA RÍOS, en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil SUSI, C.A., contra la ciudadana YOJANA LOURDES MONTIEL, en consecuencia se condena al demandado a: PRIMERO: En la resolución del contrato de arrendamiento suscrito entre las partes en fecha dieciséis (16) de mayo de 2.006, autenticado ante la Notaría Pública Quinta de Maracaibo, en la misma fecha, inserto bajo el N° 22, tomo 53, de los libros de autenticaciones respectivos; SEGUNDO: La cancelación de la cantidad de DOS MIL CUATROSCIENTOS BOLIVARES (Bs. 2.400,oo), a razón de OCHOCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 800,00), derivados de los cánones de arrendamiento insolutos, .....