Por todos los fundamentos antes expuesto éste Juzgado DECIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara CON LUGAR la demanda incoada por el ciudadano DAVID BARROSO, en su condición de apoderado judicial de la sociedad mercantil CENTRO RAFAEL URDANETA, S.A., contra el ciudadano ARGENIS VILCHEZ, identificados en actas por DESALOJO, en consecuencia se condena al demandado a: 1.- Entregar el bien inmueble constituido por un local comercial de su única y exclusiva propiedad identificado con el N° 4, ubicado en la Planta Baja de la Torre Porlamar del Conjunto Residencial Torres del Saladillo, el cual se encuentra situado en la avenida Padilla de esta Ciudad y Municipio Maracaibo del Estado Zulia, comprendido dentro de las siguientes medidas y linderos: NORTE: En línea quebrada de 9mts, con área libre del modulo central de la Torre y pa.....