REQUISITOS DE PROCEDENCIA DE LAS CAUTELARES INNOMINADAS:
- El Fomus Boni Iuris o verosimilitud del derecho que se alega mediante un cálculo de probabilidades derivado de las aportadas al proceso;
- El Periculum In Mora, o peligro de infructuosidad en la futura ejecución del fallo, de modo que no es el simple retardo de la decisión judicial, sino que debe haber un fundado temor de que no tomarse la medida, el fallo que habrá de dictarse quedara irremediable ilusorio, y esta circunstancia también debe constar en el proceso; por ultimo
- El Periculum In Damni, constituido por el peligro o daño inminente de la actuación u omisión de una de las partes va a generar una lesión o un daño difícil o imposible de reparar en cuyo caso deben tomarse las providencias necesarias y adecuadas para evitar la actualización de este peligro de daño.-