DISPOSITIVO
Por los fundamentos anteriormente expuestos, este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
• NIEGA Medida nominada de Prohibición de Enajenar y Gravar sobre un inmueble ubicado en el Barrio Panamericano, calle 77, signado con el No. 75-83 de la nomenclatura municipal, número catastral 15-812, jurisdicción de la Parroquia Caracciolo Parra Pérez de este Municipio Maracaibo del estado Zulia, protocolizado por ante la Oficina del Registro Público en fecha 28 de abril de 2008, donde quedó registrado bajo el No. 48, Protocolo Primero, Tomo 05, el referido inmueble está constituido por un lote de terreno y las bienhechurías construidas sobre el mismo, que consisten en dos (2) locales comerciales, con un área de construcción aproximada de sesenta metros cuadrados (60,00m²) y en la parte pos.....