este JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por Autoridad de la Ley, decreta: MEDIDA PREVENTIVA DE EMBARGO sobre bienes muebles propiedad de la parte demandada, la Sociedad Mercantil DROGUERIA COBECA OCCIDENTE, C.A. (COBECA-OCCIDENTE), denominada originalmente FARMACEUTICA VETERINARIA, C.A, según documento inscrito en el Registro de Comercio que llevó la Secretaría del Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de junio de 1.967, anotada con el número 32, Libro 62, Tomo 3º, posteriormente modificada en su denominación a FARMACÉUTICA ZULIANA, C.A., según documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en fecha dieciocho (18) de abril de 1.974, anotada con el número 93, Tomo 2-A, y luego nuevamente modificada su denom.....