V
DISPOSITIVO
Por los fundamentos expuestos este JUZGADO SUPERIOR SEGUNDO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, en el juicio de ESTIMACIÓN E INTIMACIÓN DE HONORARIOS PROFESIONALES, incoado por el abogado en ejercicio MARIO JOSÉ PINEDA RIOS, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad No. V-7.894.605, quien actúa en nombre y representación de sus intereses; en contra del CONDOMINIO DE RESIDENCIAS TORRE EUROPA, TORRE III, inscrita por ante la Oficina Subalterna del Primer Circuito de Registro del Municipio Autónomo del Estado Zulia, en fecha veintiocho (28) de Junio del dos mil (2000), bajo el N° 7, Tomo 27, Protocolo 1, e identificada con el número de Registro de Información Fiscal (RIF) J-307404000; se declara:
PRIMERO: CON LUGAR el recurso de apelación interpuesto por el abogado en ejercicio MARIO JOSÉ PINEDA RIO.....