DISPOSITIVA
En mérito de las razones expuestas, esta Sala Primera de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: NULIDAD DE OFICIO, ya que no se cumplió con el debido proceso, en consecuencia se anula la decisión No. 080-2024, de fecha 07 de febrero de 2024, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia Municipal en Funciones de Control del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, extensión Cabimas, así como la solicitud de Sobreseimiento presentada por el Ministerio Público, y por tanto se retrotrae el proceso a la fase de investigación.
SEGUNDO: Se ORDENA la reposición del asunto al estado que conozca de la presente investigación una Fiscalía distinta a la actuante para que continúe con la referida investigación fiscal, conforme a lo establecido en el articulo126-A de la norma adjetiva penal.
TERCERO: Se ORDENA al .....