Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, CON MOTIVO DEL ARCHIVO FISCAL DECRETADO EN FECHA 06-05-2.008 POR LA FISCALÍA QUINTA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ÉSTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL, PROCEDE A ORDENAR EL CESE INMEDIATO DE LAS MEDIDAS CAUTELARES, previstas en el artículo 92, numeral 8° de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y en los numerales 2°, 3°, 6° y 9° del artículo 256 del Código Orgánico Procesal Penal que le fueron impuestas por éste Juzgado de Control al ciudadano CARLOS EDUARDO DELGADO en la audiencia de calificación de flagrancia celebrada en fecha 17-06-2.007 (folios 23 al 27), sin perjuicio de las facultades que puede ejercer la víctima y que de surgir nuevos elementos de convicción pueda ordenarse la reapertura la inve.....