SE DECLARA INCOMPETENTE POR EL TERRITORIO, de conformidad con los artículos 57 y 67 del Código Orgánico Procesal Penal, y en consecuencia DECLINA la competencia para el conocimiento de la presente causa en el Tribunal de Ejecución Nº 02 de Guanare Estado Portuguesa, ya que el ciudadano JAVIER ANTONIO GARCIA ESCALANTE, titular de la cedula de identidad N° 14.340.526, se encuentra solicitado por el mencionado juzgado, en la CAUSA PENAL Nº 2E-90-05, de fecha 30/09/2010. 2.- se acuerda librar Boleta de traslado y oficio al Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalisticas, del Estado Mérida, (remitiendo la presente causa junto con la boleta de traslado y el oficio al Tribunal de Ejecución Nº 02 de Guanare Estado Portuguesa) a los fines de que el mismo proceda inmediatamente y con la urgencia del caso, al traslado de este ciudadano hasta el Tribunal de Ejecución Nº 02 de Guanare Estado Portuguesa, dejando expresa constancia que él mismo quedará recluido en la Comanda.....