Por las razones de hecho y de derecho antes consideradas, ese Tribunal de Primera Instancia en lo Penal del Estado Mérida, en funciones de Control N° 06, Administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley acuerda procedente la solicitud fiscal, y por consiguiente se establece una Medida de Seguridad, al ciudadano LEONARDO JOSÉ BUSTOS CONTRERAS, ut supra identificado, consistente consistente en acudir a la Fundación José Félix Ribas (líbrese el oficio correspondiente), a los fines de someterse a un tratamiento de desintoxicación, por el lapso de un (01) año. Se acuerda la remisión de las actuaciones al Tribunal de Ejecución que por distribución le corresponda conocer. Se autoriza la destrucción de la droga incautada, conforme al artículo 193 de la Ley que rige la materia. Se omiten Librar Boletas de Notificación a las partes ya que las mismas fueron debidamente notificadas en la audiencia oral, una vez firme lo decidido. El fundamento de la presente decisión .....