Por todos los razonamientos antes expuestos, éste Juzgado de Primera Instancia en funciones de Control nro. 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR LA SOLICITUD FORMULADA POR LA FISCALÍA DÉCIMA DEL MINISTERIO PÚBLICO DE ÉSTA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL Y EN CONSECUENCIA, PROCEDE A DECRETAR EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA POR EXTINCIÓN DE LA ACCIÓN PENAL A FAVOR DEL CIUDADANO PEDRO LUIS RIVAS ARAUJO, antes identificado, por la comisión del delito de LESIONES CULPOSAS GRAVÍSIMAS, con la agravante de ser perpetrado en un niño, previsto y sancionado en el artículo 422, numeral 2° del Código Penal vigente, en concordancia con los artículos 416 eiusdem y 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, ello por haber transcurrido en su totalidad el régimen de prueba de UN (01) AÑO que finalizaba en fecha 16-10-2.007, el cual le fuera impuesto por és.....