PRIMERO: Una vez celebrada la respectiva Audiencia Oral a que se refiere el art. 46 encabezamientos del Código Orgánico Procesal Penal, lo procedente y ajustado a derecho, y escuchada la opinión favorable del Ministerio Publico y la victima, con respecto a que se Ie de una oportunidad al acusado para que se Ie amplié el régimen de prueba que había incumplido hasta la presente fecha, este Juzgado de Control, estima que resulta pertinente la ampliación del lapso de régimen de prueba por una (1) años mas, contado a partir de la presente fecha, al ciudadano NERESOFF BORISLAV CHISTO, natural de Caracas, nacido en fecha 02/09/1952, de 57 años de edad, titular de la cédula de identidad Nº 4.267.063, de Profesión Contador Público y Auditor, hijo de Michel Neresoff (f) y de Penka de Neresoff (f), domiciliado en la Urbanización Don Perucho, Avenida 7, calle Nº 1, casa Nº 554, El Arenal, Parroquia Arias, Municipio Libertador del Estado Mérida, en la cual se podría decretar el sobreseimiento de la.....