Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: De la revisión de las Actuaciones se desprende que al imputado LEN ARUKY SALGADO HERNANDEZ, venezolano, natural de Maracaibo, Estado Zulia, nacido en 07-12-1978, titular de la cedula de identidad N°- 14.806.961, de oficio taxista, domiciliado en la Urbanización Carabobo, vereda 21, casa N°- 3, Municipio Alberto Adriani, Estado Mérida , el Tribunal le dicto en fecha 11-07-2011, Medida Privativa de Libertad por el supuesto Delito de ROBO AGRAVADO COMO COOPERADOR INMEDIATO, tipificado en el Artículo 458 del Código Penal, vigente para la época de comisión del delito, cometido supuestamente en contra de las Ciudadanas CARMEN AMÉRICA GONZÁLEZ Y YESSICA CAROLINA BOLAÑOS y al Ciudadano FREDDY JOSE CALDERÓN, venezolano, titular de la cédula de identidad N°-14......