El Juzgado Sexto de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, decide: PRIMERO: Declara con lugar la aprehensión en flagrancia del ciudadano LEODAN AMENODORO MENDEZ ARAQUE (identificado en autos), por la comisión del delito de LESIONES LEVISIMAS, contemplado en el artículo 417 del Código Penal. SEGUNDO: Ordena tramitar la causa por el procedimiento ordinario, debiendo remitir las actuaciones a la Fiscalía Sexta del Ministerio Público en la oportunidad legal. TERCERO: Impone al ciudadano LEODAN AMENODORO MENDEZ ARAQUE (identificado en autos), la siguiente medida de coerción personal: Presentación personal cada treinta (30) días ante el Tribunal, ordenándose librar boleta de libertad correspondiente. CUARTO: Se declara con lugar la solicitud de la defensa de practicar al imputado de autos LEODAN AMENODORO MENDEZ ARAQUE, reconocimiento médico legal, para lo cual se ordena librar ofi.....