Este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, una vez oída las partes cumpliendo las formalidades de ley, y analizadas las actuaciones, considera lo siguiente:
PRIMERO: Se decreta la aprehensión en situación de flagrancia al imputado de autos: JAVIER ENRIQUE MENDOZA, titular de cédula de identidad N° 14.927.861, por la presunta comisión del delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto y sancionado en el artículo 218 del Código Penal, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO; por considerar quien aquí decide que se encuentra lleno uno de los extremos previstos en el artículo 248 del Código Orgánico Procesal Penal (en lo adelante COPP). Señalándose que el imputado de autos profirió violencia en contra de los funcionarios policiales, a los fines de oponerse a que éstos cumplieran con su deber de mantener el orden público, y en especial a proteger a la ciudadana CORRARINA DEL CARMEN GUTIERREZ, quien era amenazada por el hoy imputado, en.....