:El Tribunal acordó el 14-02-06 Audiencia Preliminar con lineamientos del art. 330 COPP: 1) Admisión acusación en contra de MANUEL EUSEBIO CASTILLO CASTILLO, delito ACTOS LASCIVOS VIOLENTOS, previsto único apte art. 377 del C.P anterior a la reforma, agravante art. 217 de LOPNA, en perjuicio de KLEINNY MORAIMA LOBO CONTRERAS, de 12 años de edad, y el delito de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD, previsto en el art. 270 eiusdem, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. 2) Pronunciamiento pruebas. 3)SENTENCIA POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS, conforme al art 376 del COPP, por los delitos en mención: UN (01) AÑO, NUEVE (09) MESES, VEINTIDÓS (22) DÍAS y DOCE (12) HORAS de PRISIÓN. 4) Accesorias del art 16 del C.P. 5) Remitir al Tribunal de Ejecución al transcurrir lapso. 6) Se mantiene la Medida Cautelar, impuesta en fecha 01-06-05. 7) Se acuerdan copias simples a la Defensa. 8) Partes notificadas, art 177 del COPP. Por olvido involuntario se diariza el día de hoy, a pesar de ser publicada en su día.
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