:Este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Administrando Justicia en Nombre de la República y por Autoridad de la Ley acordó: PRIMERO: EL SOBRESEIMIENTO de la CAUSA, en aplicación de los artículos 318 numeral 3 y 48 numeral 8 del Código Orgánico Procesal Penal, en armonía con el artículo 460 en concordancia con el artículo 80 y 108 ordinales 1° del Código Penal, a favor del imputado ROA CARRILLO JOSÉ ROBIRO, por el delito de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, cometido en perjuicio del ciudadano PAREDES NAVA JESÚS ANTONIO. SEGUNDO: No realizar la audiencia señalada en el artículo 323 del Código Orgánico Procesal Penal, por no ser necesaria debatir los fundamentos de la solicitud Fiscal y por el transcurso inexorable del tiempo desde que se cometió el hecho hasta la presente fecha. TERCERO: Notificar.