:Este Juzgado de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, Mediante ACTA, la Juez ROSIRI DEL VECCHIO DÍAZ, se inhibe de conocer de la causa N° LP11-P-2006-825, por mantener AMISTAD MANIFIESTA, con el abg. EUDES SOSA CONTRERAS, quien figura como defensor; todo de conformidad con el art. 26 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, numeral 4 del artículo 86 del COPP, y art. 87 eiusdem, en concordancia con el art. 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Ordenándose: 1) Apertura de Cuaderno Especial de Inhibición. 2) Remitir el cuaderno especial de inhibición a la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida. 3) El Asunto Nº LP11-P-2006-825, sea redistribuido ante otro Tribunal de Control de este Circuito Judicial, conforme art. 94 de la ley Adjetiva Penal.
ABG. ROSIRI DEL VECCHIO DÍAZ
JUEZ (P) DE CONTROL N° 06