ESTE TRIBUNAL EN FUNCIONES DE CONTROL N° 06 DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO MÉRIDA, EXTENSIÓN EL VIGÍA TRIBUNAL, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY,: pasa a pronunciarse en los siguientes términos, PRIMERO: Se admite TOTALMENTE LA ACUSACIÓN, presentada por la Ciudadana Fiscal del Ministerio Público, la cual se encuentra inserta en los folios 37 al 45 de la causa, en contra del acusado: Johan Alberto García Valero, venezolano, natural de Maracay, fecha de nacimiento 22-02-1978, titular de la cedula de identidad Nº 13.677.172, soltero, sexto grado de educación básica, de oficio obrero, hijo de Alberto Ramón García (v) y Olga Rosa Valero (v), residenciado en el Barrio Sur América, calle 1, casa N° 2-42, detrás del edificio el Triangulo, el Vigía Estado Mérida, teléfono 0414-7527530, por la presunta comisión del delito de Violencia Física, previsto y sancionado en el artículo 42 en concordancia con el artículo 15 ordin.....