En consecuencia éste Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, de conformidad con el artículo 47 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el primer aparte del artículo 210 y artículo 211 del Código Orgánico Procesal Penal, Ordena la entrada y registro de los funcionarios adscritos al Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, al mando del Sub Inspector José Urbina, a los fines de practicar ORDEN DE ALLANAMIENTO en la siguiente dirección: BARRIO AJURO, CALLE PRINCIPAL, CASA DE PAREDES DE COLOR AZUL CON REJAS BLANCAS, TECHO DE ZINC, DETRÁS DE LA BOLDEGA DON PANCHO, EL VIGIA ESTADO MERIDA, donde reside el ciudadano JOSE LUIS, donde se presume en dicho inmueble la existencia de armas de fuego de diferentes calibres y marcas, así como objet.....