Este Tribunal de Control N° 6, del Circuito Judicial Penal del Estado Mérida, Extensión El Vigía, administrando Justicia en nombre de la República y por Autoridad de la Ley, hace los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: ACUERDA a SOLICITUD del Ministerio Público la REVOCATORIA de la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación Judicial Preventiva de Libertad, en contra del imputado JOSÉ JUAN RANGEL PEREIRA, venezolano, nacido en fecha 13/11/1964, soltero, titular de la cédula de identidad N° V.-9.398.734, residenciado en El Chivo, sector La Mocha, detrás del liceo, en la platanera del señor Camarillo, Estado Zulia; de conformidad con lo preceptuado en el artículo 262 ordinal 3 del Código Orgánico Procesal Penal; por la presunta comisión del delito de POSESIÓN ILÍCITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICASA, previsto y sancionado en el artículo 36 de la Ley Orgánica Sobre Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, en perjuicio de EL ESTADO VENEZOLANO. En consecuencia se ORDENA.....