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viernes, 04 de junio de 2010
RESOLUCIÓN N° 027/2010. PARTE II. CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY. RELATIVO A LA REPROGRAMACIÓN DE LAS GUARDIAS DE LOS TRIBUNALES DE CONTROL.
REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO YARACUY

DESPACHO DE LA PRESIDENCIA

San Felipe, 04 de Junio de 2010

Años: 200º y 151º

RESOLUCIÓN Nº 0.027/2010

La Presidenta del Circuito Judicial Penal del estado Yaracuy, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo 534 del Código Orgánico Procesal Penal:

RESUELVE

La Reprogramación del sistema de guardia vigente a la fecha, el cual quedará establecido de la siguiente forma:

PRIMERO: Para los Tribunales de Control Ordinarios

JULIO

L M M J V S D

01 02 03 04

C-4 C-1 C-1 C-1

05 06 07 08 09 10 11

C-2 C-3 C-4 C-1 C-2 C-2 C-2

12 13 14 15 16 17 18

C-3 C-4 C-1 C-2 C-3 C-3 C-3

19 20 21 22 23 24 25

C-4 C-1 C-2 C-3 C-4 C-4 C-4

26 27 28 29 30 31 01 Agosto

C-1 C-2 C-3 C-4 C-1 C-1 C-1

SEGUNDO: A los fines de garantizar el servicio de justicia y evitar su afectación, con ocasión a la reprogramación del rol de guardia en los términos indicados, habida cuenta que conforme a la agenda única ya se encontraban fijados actos procesales con detenidos, se acuerda que el Juez de guardia en días hábiles, inicie su guardia con sus audiencias propias de la guardia a partir de la 1:00 p.m. hasta las 7:00 p.m., quedando bajo su consideración habilitar el despacho a partir de las 8:30 a.m. para la celebración de las audiencias preliminares con detenidos en horas de la mañana.

TERCERO: Para la guardia de fines de semana, feriados y no laborables se iniciará a partir de las 8:30 a.m. hasta las 4:30 p.m.

CUARTO: Se acuerda la publicación de la presente Resolución en la página Web regional del Tribunal Supremo de justicia.

QUINTO: Cada Juez de Control está encargado de velar, cumplir y hacer cumplir la presente resolución.

Dada, firmada y sellada en la sede de la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy, a los cuatro (04) días del mes de Junio de 2010. Regístrese, Publíquese y Notifíquese a los Tribunales de Control, a la Coordinación de Secretarios, a la Coordinación de Alguacilazgo, a la Comisión Judicial del Tribunal Supremo de Justicia, a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura, a la Dirección Administrativa Regional, a la Coordinación Regional de la Defensa Pública, a la Defensoría del Pueblo y a la Fiscalía del Ministerio Público.

Jholeesky del Valle Villegas Espina

Presidenta del Circuito Judicial Penal del Estado Yaracuy
 
Fecha de Publicación:
  04/06/2010
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