REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR

Puerto Ordaz, 13 de agosto de 2026
AÑOS: 216º Y 167º

De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que el día,
22/09/2016, fue recibido por ante este Juzgado la presente demanda por
Reivindicación de Inmueble y Daños y Perjuicio, incoado por la ciudadana
Eidis Elia Cabrera, en contra de los ciudadanos Eliut Alexander Camacho
Urbano, Eliuber Jose Camacho Urbano, Eliezer Alfredo Camacho Urbano,
Eliana Elizabeth Camacho Urbano y Eleazar Camacho Urbano, ahora bien,
considera oportuno quien aquí suscribe realizar las siguientes consideraciones:
 En fecha 03/09/2016, fue admitida la presente demanda, ordenando
la citación de la parte demandada.
 En fecha 16/12/2024, el Tribunal declaro el Decaimiento de la acción
y ordena la notificación de la parte actora.
 En fecha 02/12/2025, el alguacil de este Tribunal consigno boleta de
notificación sin firmar.
 En fecha 10/07/2026, el Tribunal ordena librar cartel de notificación a
los fines de que sea publicado en la cartelera de esta dependencia
judicial durante un lapso de diez (10) días.
 En fecha 13/07/2026, la secretaria deja constancia de la fijación del
cartel de notificación.

Ahora bien, revisadas las actuaciones del presente expediente, se observa que se
cumplió con la fijación del cartel de notificación en la cartelera del tribunal y no
teniendo otra actuación que hacer es por lo que en consecuencia, declara
TERMINADO la presente causa, por lo que, en procura del descongestionamiento
del archivo de este Tribunal, se ordena la remisión de la misma, al Archivo Judicial
ubicado en la sede de este Palacio de Justicia con indicación de lo expresado en
(sentencia nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo de 2002, con
ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel Arcángel Godoy,
expediente Nro. 05-0700, en la oportunidad correspondiente.
EL JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA

LA SECRETARIA;

MARLIS TALY LEON