REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 03 de marzo de 2026
AÑOS: 215º Y 166º
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que el día, 18-12-
25, fue consignada por ante la U.R.D.D, Unidad de Recepción de Documento
Civiles, no Penales, la demanda por Reivindicación de inmueble en contra de los
ciudadanos, Jaime Díaz Da Silva y Beltrán López Villarroel, incoada por la
ciudadana Daisy Goitia Espinoza, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula
de identidad número V-12.127.725, ahora bien, considera oportuno quien aquí
suscribe realizar las siguientes consideraciones:
En fecha 07-01-2026, este Tribunal declaro INADMISIBLE, la presente
demanda por Reivindicación de inmueble.
Ahora bien, una vez realizadas las actuaciones del presente expediente, se
observa que mediante sentencia de fecha 07-01-2026, visto anterior computo que
dejo definitivamente firme, es porque en consecuencia se declara TERMINADO,
por lo que, en procura del descongestionamiento del archivo de esta tribunal, se
ordena la remisión del mismo al Archivo de este palacio de Justicia con indicación
de lo expresado en (sentencia nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo
de 2002, con ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel
Arcangel Godoy, expediente Nro. 05-0700, en la oportunidad correspondiente.
El JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA LA SECRETARIA
JOSEILA LEON HERRERA