REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CARONÍ DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 12 de marzo de 2026
Año 215º y 166º
Demandante: Doris Magdalena ST Bernard Rodríguez, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-4.778.495.-
Demandado: Roberto José Fraile Maldonado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 8.225.527.-
Abogada Asistente: Mariannys Marilena Alfaro Fernández, inscrita en el I.P.S.A bajo el No. 101.972.-
Motivo: Reconocimiento de Contenido y Firma.-
Exp número: FP11-V-2026-000123.-
Resolución: PJ1122026000118.-
Revisadas las actuaciones del presente asunto, se observa que mediante auto de fecha 27-02-2026, se instó a la parte solicitante a consignar Documentos públicos probatorios, a los fines de proveer lo solicitado, y siendo que hasta la fecha, dicha parte no dio cumplimiento a lo requerido por este Despacho, razón por la cual se declara inadmisible la misma.
Dispositivo:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo dispuesto en el artículo 253 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia a al artículo 899 del Código de Procedimiento Civil, declara inadmisible el presente asunto por reconocimiento de contenido y firma, presentado por la ciudadana: Doris Magdalena ST Bernard Rodríguez, venezolana mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.-4.778.495 contra el ciudadano: Roberto José Fraile Maldonado, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V.- 8.225.527.-
Publíquese, regístrese y déjese Copia Certificada de la presente decisión. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, en Puerto Ordaz, estado Bolívar, a los 12 días del mes de marzo del 2026. Años: 215º y 166º
La Jueza
Andreina Rosales Quintero
La secretaria
Morenis Rivas
La secretaria hace constar que en esta misma fecha, se publicó y registró la anterior sentencia, siendo las dos horas de la tarde (02:00 pm). Conste.
La secretaria
Morenis Rivas
AM/ar/kp
EXP Nº FP11-V-2026-000123
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