REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA CIVIL, MERCANTIL SEDE EN PUERTO ORDAZ
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL,
BANCARIO Y TRÁNSITO, DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO BOLÍVAR
Puerto Ordaz, 27 de mayo de 2026
AÑOS: 215º Y 166º
De la revisión de las presentes actuaciones se evidencia que el día, 27-04-
2026, fue consignada por ante la U.R.D.D, Unidad de Recepción de Documento
Civiles, no Penales, la demanda por liquidación de comunidad de gananciales,
incoado por el ciudadano Marcos Alfonzo Paz, venezolano, mayor de edad, titular
de la cedula de identidad número V-13.178.916, ahora bien, considera oportuno
quien aquí suscribe realizar las siguientes consideraciones:
En fecha 30/04/2026, este Tribunal declaro INADMMISIBLE del proceso de
la presente demanda por liquidación de comunidad de gananciales del
ciudadano Marcos Vinicio Alfonzo Paz.
Ahora bien, una vez realizadas las actuaciones del presente expediente, se
observa que mediante sentencia de fecha 30/04/2026, y visto anterior computo
que dejo definitivamente firme, quedo definitivamente firme, es porque en
consecuencia se declara TERMINADO, por lo que, en procura del
descongestionamiento del archivo de esta tribunal, se ordena la remisión del
mismo al Archivo de este palacio de Justicia con indicación de lo expresado en
(sentencia nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo de 2002, con
ponencia del Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel Arcangel Godoy,
expediente Nro. 05-0700, en la oportunidad correspondiente.
EL JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA
LA SECRETARIA
MARLIS TALY LEON