Mediante resolución PJ1062026000074 este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 26, 49 ordinal 1ro, 253 y 257 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, declara:
PRIMERO: IMPARTE LA HOMOLOGACION al desistimiento del recurso de apelación, contenido en diligencia de fecha 03/08/2026 (F. 224), suscrito por el ciudadano JOSE MIGUEL IDROGO MARTINEZ, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 72.379, co-apoderado judicial de la parte actora; de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, procediendo como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada.
SEGUNDO: SE DECLARA FIRME el fallo recurrido de fecha 05/03/2026 (Fs. 173 al 181) dictado por el A quo, en virtud del.....