Mediante resolución PJ1062026000053 de las consideraciones anteriores este Juzgado Superior Tercero en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por los demandados SOC. MERC. TRIPLE FASHION C.A. y ALI YOUNESS, respectivamente, a través de su apoderado judicial JOSE MIGUEL IDROGO MARTINEZ, identificado en autos, en diligencia de fecha 17/12/2025 (F. 35), contra la decisión interlocutoria de admisión de pruebas dictada en fecha 15/12/2025 (Fs. 30 al 31), por el Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Constitucional, Mercantil, de Tránsito, Marítimo y Aeronáutico del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar.
SEGUNDO: Se CONFIRMA la decisión interlocutoria de fecha 15/12/2025, emanada por él A quo, según los razona.....