Se dicta Sentencia Nº PJ0662026000055, mediante la cual se declara PROCEDENTE AMPARO CAUTELAR CONSTITUCIONAL, en consecuencia se ORDENA suspender los efectos del Acto Administrativo contenido en la Resolución de Imposición de Sanción, contenida en la Planilla de Liquidación identificada con la nomenclatura Nº 2025081000925 de fecha 29 de agosto de 2025, notificado en fecha 04 de junio de 2026. Se exhorta al órgano exactor a dar cumplimiento a la presente decisión, la cual se mantiene aun en proceso de Apelación o Consulta; sin perjuicio de las consecuencias jurídicas contenidas en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por la comisión del ilícito constitucional de DESACATO.