DECISIÓN
Por las razones anteriormente expuestas este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipios Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción. Administrando Justicia en nombre de La República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de La Ley, declara CON LUGAR la Solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO, conforme a lo dispuesto en el Artículo 185-A del Código Civil, en concordancia con la Sentencia N° 1.070, dictada por La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 09 de diciembre de 2016. En consecuencia, se DECLARA DISUELTO el Vínculo Conyugal. Publíquese, regístrese y, déjese copia certificada para el archivo de este Tribunal. Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Tribunal. Años 215º de la Independencia y 167º de la Federación, a
Los Diez (10) días del mes de Agosto de Dos Mil Veintiséis (2026).
LA JUEZA PROVISORIA,
DRA. ZURIMA SULENNI GONZALEZ.
LA SECRETARIA,
IRAMA DE.....