CAPITULO IV
DISPOSITIVO:
Por todas las consideraciones anteriormente expuestas, este Juzgado
Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Bancario y del Transito del
Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, en nombre de
la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, conforme a lo
dispuesto en los artículos 12, 15, 242, 243, 249, 254, 256, del Código de
Procedimiento Civil, en concordancia con el artículo 253 de la Constitución de la
República Bolivariana de Venezuela, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los
términos acordados por las partes en el folio 68 y su vuelto del presente
expediente, y se procede como en sentencia pasada en autoridad de cosa
juzgada.
Publíquese, regístrese, déjese copia certificada de esta decisión, no obstante
será publicada en el portal Web oficial del Tribunal Supremo de Justicia Regiones,
www.tsj.bolivar.gob.ve
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Segundo de
Primera Instanci.....