´Visto el convenimiento de fecha 12-05-2026, folio 37 al 38, del presente expediente, planteado por la ciudadana Carla Fabiola Zapata Rengel, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 17548645, parte demandada, todo en lo cual convienen en el presente procedimiento por reconocimiento de contenido y firma, y constatado que la demandada se encuentra facultado para disponer del derecho en litigio y en virtud que el mismo no versa sobre materias en las cuales no estén prohibidas las transacciones, por lo que de conformidad con los artículos 263 y 264 del Código de Procedimiento Civil, en mérito de las consideraciones expuestas, este Tribunal Tercero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Caroní del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, homologa el convenimiento, presentado en el juicio por daño material derivado por accidente de tránsit.....