Se dicta Sentencia Nº PJ0662026000069, mediante la cual se declara PROCEDENTE AMPARO CAUTELAR CONSTITUCIONAL, en consecuencia se ORDENA suspender los efectos del Acto Administrativo contenido en la Planilla de Resolución Nº 20250810000672 y Planilla de Liquidación Nº 081001654000672 de fecha 29/08/2025, notificada en fecha 17/11/2025. Se exhorta al órgano exactor a dar cumplimiento a la presente decisión, la cual se mantiene aun en proceso de Apelación o Consulta; sin perjuicio de las consecuencias jurídicas contenidas en el artículo 31 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, por la comisión del ilícito constitucional de DESACATO.