Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR la inhibición formulada, por estar hecha en forma y fundada en causa legal. En consecuencia, se aparta del conocimiento de este asunto a la ciudadana NAYLEHT DEYANIRA BASANTA RUIZ, en su condición de Juez Provisorio del Juzgado Segundo de Primera de Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Bolívar, a tenor de lo establecido en el artículo 88 del Código de Procedimiento Civil, para seguir conociendo y decidir la causa contentiva del juicio que por DESALOJO DE LOCAL COMERCIAL, interpusiera la ciudadana DANIELA CAROLINA ANZIANI ARMAS contra la ciudadana CARMEN ELENA PAEZ DE MATA, en base a la argumentación expuesta en la parte motiva de esta decisión de c.....