Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Accidental Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: CON LUGAR, la inhibición formulada por la abogada MAYE ANDREINA CARVAJAL, en su condición de Jueza del Tribunal Superior Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, formulada en el asunto Nº FC01-X-2026-00001, contentivo del NULIDAD ABSOLUTA DE ASAMBLEA EXTRAORDINARIA DE ACCIONISTAS, interpusiera la ciudadana MAYLEN BAIKOGLU BITAR, contra la sociedad mercantil PANADERIA PASTELERIA Y EXQUISITECES LA CAPITAL, C.A., de conformidad con los artículos 48 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, 12, 15, 88 y 247 del Código de Procedimiento Civil. Tómese nota y déjese copia de la presente decisión.