Este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Caroní Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia Declara CON LUGAR la solicitud de divorcio presentada por la ciudadana: Aditza Josefina Somoza Garrido, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8924004, contra el ciudadano: Edicson Luis Ruiz Landaeta, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 5084291 y en consecuencia de ello, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 04-04-1993 ante la Sub-prefectura del Municipio Foraneo Pedro Cova, del Municipio Piar del Estado Bolívar, según acta número 10 libro 1, folios 19 y 20 d.....