Ahora bien, una vez realizadas las actuaciones del presente expediente, se
observa que mediante sentencia de fecha 29/04/2026, y por consiguiente visto el
anterior cómputo que dejó definitivamente firme la decisión, en consecuencia, se
declara TERMINADO, por lo que, en procura del descongestionamiento del
Archivo de este palacio de Justicia con indicación de lo expresado en ( sentencia
nro. 925 de la Sala Constitucional del 15 de Mayo de 2002,con ponencia del
Magistrado Antonio J. García, en el Juicio de Miguel Arcángel Godoy, expediente
Nro. 05-0700, en la oportunidad de correspondiente.
EL JUEZ
WANDER BLANCO MONTILLA
LA SECRETARIA
MARLIS TALY LEON