CAPITULO IV
DISPOSITIVA
En fuerza de las consideraciones precedentes, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Marítimo del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley declara: INADMISIBLE la presente demanda por COBRO DE BOLIVARES MARITIMO, incoada por el ciudadano: CARLOS GONZALEZ, abogado en ejercicio, inscrito en el I.P.S.A bajo el N° 195.685, actuando en su carácter de apoderado judicial del ciudadano: REYNER ALEJANDRO LOZANO SANCHEZ, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-18.089.136, contra el ciudadano: ANDRES EDUARDO MARIÑO NAVARES, venezolano mayor de edad, titular de la cedula de identidad N° V-19.094.776, por infringir lo establecido en el Ordinal 2° y 6° del artículo 340 del Código de Procedimiento Civil al no consignar los documentos fundamentales para sostener la presente demanda y no indicar de manera cla.....