este Tribunal sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho y de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del código de procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones suficientes de TITULO SUPLETORIO DE PROPIEDAD a favor de la Ciudadana MARKLIN JOSEFINA KRONEY MANEIRO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-11.169.100, y de este domicilio;