´este Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la apelación interpuesta por la representación judicial de la parte demandada recurrente contra la decisión proferida en fecha 02 de marzo del año 2026, por el Juzgado Primero (1º) de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estadio Bolívar-Sede Ciudad Bolívar, en la causa signada con el Nº FP02-L-2025-000051. SEGUNDO: SE ANULA el fallo recurrido y en consecuencia se declara PARCIAMENTE CON LUGAR LA DEMANDA por ACREENCIAS LABORALES interpuesta por la ciudadana LUISA EMETERIA CORDOVA por lo que se condena a la demandada la UNIDAD EDUCATIVA "DON MIGUEL RODRIGUEZ", todos plenamente identificados a los autos, a cancelarle a la accionante los conceptos y montos establecidos en la parte motiva de la presente decisión. ´