Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Gran Sabana del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO solicitado por los ciudadanos JEAN CARLOS JOSE PEÑA MEDINA Y VHANA IVANIGGI MATOS, identificados al inicio de este fallo.
SEGUNDO: En consecuencia se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL de los ciudadanos: JEAN CARLOS JOSE PEÑA MEDINA Y VHANA IVANIGGI MATOS, venezolanos, mayores de edad y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.015.420 y V-20.774.190, que se perfeccionó entre ellos el día 28 de octubre de 2022, por ante el Registro Civil del Municipio Gran Sabana del Estado Bolívar, tal y como se evidencia del acta certificada de matrimonio Nº 198, de fecha 28 de octubre de 2022, del Libro de Re.....