´Este Juzgado Tercero De Municipio Ordinario Y Ejecutor De Medidas Del Municipio Caroní Del Segundo Circuito De La Circunscripción Judicial Del Estado Bolívar, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, conforme a lo establecido en el Artículo 185 del Código Civil y en la sentencia Nº 1070 del 09 de Diciembre del año 2016 de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia declara con lugar la solicitud de divorcio presentada por la Ciudadana Gladys Auristela Cardoza de Álvarez, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 8.330.445, contra su cónyuge ciudadano Elías José Álvarez, venezolano mayor de edad, titular de la cédula de identidad número V- 6.879.012 y en consecuencia de ello, se declara disuelto el vínculo matrimonial contraído en fecha 08-08-2014, ante la Primera Autoridad de Registro Civil de la Parroquia Dalla Costa Municipio Caroní del estado Bolívar, tal como se evidencia de copi.....