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En consecuencia, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Bolívar, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: PRIMERO: HOMOLOGADO EL CONVENIMIENTO celebrado entre las partes ut supra; SEGUNDO: Reconocido legalmente el contenido y firma del documento privado suscrito en fecha catorce (14) de febrero de 2026, entre los ciudadanos ANYOLINA DE LOS ANGELES BONALDE MADRID, VICTOR ANTONIO BEJARANO MORILLO Y AURORA JOSEFINA BONALDE ALVAREZ, en el juicio de RECONOCIMIENTO DE CONTENIDO Y FIRMA DE DOCUMENTO PRIVADO.
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